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Condiciones Generales de venta

Condiciones generales de venta de ZECK GmbH

Versión: Mayo de 2022

Versión: Mayo de 2022

I.    Aspectos generales
1.    Todas las entregas, servicios y ofertas se basan exclusivamente en estos términos y condiciones. En el caso de las relaciones comerciales permanentes, estas condiciones se aplicarán también a transacciones futuras a las que no se haga referencia expresa, siempre que se hayan incluido en un pedido previamente confirmado por el vendedor. Cualquier otra condición diferente del comprador, que el vendedor no acepte expresamente por escrito, no será vinculante para el vendedor, aunque no se oponga expresamente a la misma.
2.    Los pedidos pasarán a ser vinculantes tras la confirmación del pedido por parte del vendedor. Las modificaciones y ampliaciones deberán realizarse por escrito. Todas las ofertas están sujetas a cambios sin previo aviso a menos que se designen como ofertas en firme.
3.    El comprador está vinculado a su pedido durante 6 semanas. Este período comienza con la recepción del pedido por parte del vendedor.
4.    Si una disposición de nuestras condiciones generales de venta fuera o llegara a ser invalidada, ello no afectará a la validez del resto de las disposiciones.
5.    Los derechos y obligaciones derivados de las relaciones comerciales con el vendedor solo pueden transferirse a terceros con el consentimiento por escrito del vendedor.

II.    Precios
1.    A menos que se indique lo contrario en la confirmación del pedido, nuestros precios son "ex almacén" o "ex fábrica", y no incluyen los gastos de envío, de aduana, de embalaje ni el impuesto sobre el valor añadido aplicable.
2.    Si cambia el precio del coste de un solo elemento después del envío de la Confirmación de Pedido pero antes de la comunicación de disponibilidad de envío (por ejemplo uno o más de los componentes  o los costes salariales o de tarifas), cambiará también el precio del producto final, pero solo en tanto que la subida del componente influya en parte en el precio del producto final. Al cliente se le presentarán documentos que atestiguen dicha subida en caso de que los solicite.
3.    El vendedor no está obligado a respetar los precios anteriores para los nuevos pedidos (= pedidos complementarios).
4.    Las cantidades y pesos determinados por el vendedor son decisivos para la fijación del precio.
5.    A menos que se acuerde lo contrario, los precios se indicarán en euros.

III.    Condiciones de pago
1.    Salvo que se acuerde lo contrario, los pagos se efectuarán en euros exclusivamente por transferencia bancaria a la cuenta cuyo número se indica en la factura.
2.    El precio de compra de las entregas u otros servicios se paga sin deducción en las condiciones de pago indicadas en la factura. Un descuento acordado por pronto pago tiene como condición la liquidación de todas las facturas no impugnables que venzan antes. No se concede ningún descuento por los pagos condicionales.
3.    El precio de compra acordado será satisfecho en el tiempo de pago acordado sin más requerimiento. En caso de demora, se añadirán intereses al precio de compra. El interés será de nueve puntos porcentuales sobre el tipo básico de interés del BCE. Los intereses por demora son de inmediato vencimiento. El vendedor puede ceder la reclamación del pago que tiene frente al comprador a un tercero y encargarle el cobro.
4.    El comprador solo puede hacer cargo a cuenta de estos requerimientos o hacer valer un derecho de retención, cuando estos sean reconocidos o admitidos judicialmente de forma inequívoca.
5.    En caso de que se conozca tras el cierre del contrato (por ejemplo tras la apertura de un concurso de acreedores) que la pretensión al precio de compra se vea en peligro por una falta de capacidad del comprador, estaremos habilitados según la normativa a negarnos a cumplir y en su caso, tras establecer un plazo, a anular el contrato (§ 321 BGB). En contratos sobre la producción de objetos insustituibles (Producciones únicas) podemos declarar la anulación de inmediato; la normativa sobre la prescindibilidad de la fijación de plazos queda intacto.
6.    Los pagos realizados por el comprador (independientemente de las disposiciones de reembolso divergentes del comprador) compensarán siempre en primer lugar los intereses de demora y los gastos de las reclamaciones más antiguas del vendedor frente al comprador.

IV.    Obligaciones de entrega y compra
1.    La información sobre los plazos de entrega no es vinculante. Los plazos de entrega solo son vinculantes si se han acordado por escrito y se han designado expresamente como vinculantes. El plazo de entrega se considerará cumplido con la notificación de la disponibilidad para el envío en caso de no tener lugar dicho envío por razones no atribuibles al vendedor. El plazo de entrega convenido se prorrogará adecuadamente si el comprador no presta la cooperación que le corresponda o no la preste a tiempo, en particular si

  • el comprador no proporciona al vendedor de manera oportuna la información o los documentos requeridos por el vendedor para el cumplimiento del contrato o el comprador modifica posteriormente dicha información o documentos, causando de esta forma un retraso en la entrega o el cumplimiento.
  • el comprador o terceros con los que está obligado a realizar trabajos preparatorios están en demora.
  • el comprador no realiza los pagos acordados a tiempo.

2.    Si el vendedor se retrasa en la entrega, el comprador tiene derecho a rescindir el contrato después de establecer un período de gracia razonable. Las reclamaciones por daños y perjuicios quedan excluidas, a menos que sea atribuible dolo o negligencia grave al vendedor.
3.    Se permiten las entregas parciales adecuadas.
4.    En el caso de los pedidos abiertos sin acuerdo sobre la duración, los tamaños de los lotes de producción o las fechas de aceptación, el vendedor puede exigir una especificación vinculante al respecto, tres meses después de la confirmación del pedido. Si el comprador no cumple con esta petición en el plazo de tres semanas, el vendedor tiene derecho a fijar un período de gracia de dos semanas y rescindir el contrato una vez transcurrido este período, sin perjuicio del derecho de reclamación por daños y perjuicios. Los pagos por adelantado serán reembolsados tras deducir los costes en los que se incurra y las reclamaciones por daños y perjuicios.
5.    Si el comprador no cumple su obligación de compra, el vendedor tiene derecho, sin perjuicio de otros derechos, a rescindir el contrato y a reclamar una indemnización por daños y perjuicios después de fijar un plazo razonable para la compra. El vendedor tiene derecho a vender las mercancías en cuestión de forma directa.
6.    En casos de fuerza mayor y otras situaciones imprevisibles, extraordinarias y no imputables a ninguna de las partes - por ejemplo problemas para conseguir materiales, dificultades empresariales, huelga, confinamientos, falta de medios logísticos, intervenciones de las autoridades (por ejemplo cierres de empresa o sanciones contra el vendedor o a terceros), problemas con el suministro energético, pandemia/epidemias, y/o conflictos armados o de guerra, etc, o que afecten a los ā proveedores – que se prolonguen,  cuando impidan al vendedor cumplir sus obligaciones, en un plazo de entrega razonable Si la entrega o el cumplimiento se hace imposible o no razonable debido a las circunstancias mencionadas, el vendedor quedará liberado de la obligación de entrega. Si el plazo de entrega se prolonga o si el vendedor queda liberado de la obligación de entrega, el comprador no podrá derivar de esta situación ninguna reclamación por daños y perjuicios. El vendedor solo puede aludir a las circunstancias mencionadas si lo notifica inmediatamente al comprador. Los pagos por adelantado recibidos del comprador serán reembolsados por el vendedor inmediatamente..

V.    Embalaje, contenedores, envío, transferencia del riesgo
1.    A menos que se acuerde lo contrario, el vendedor elegirá el embalaje, el trayecto de transporte, el modo de transporte, los medios de transporte y los contenedores a su propia discreción. En la medida en que los contenedores o palets sean proporcionados por el vendedor, éstos deben ser puestos a disposición en préstamo y devueltos al vendedor inmediatamente, de lo contrario el vendedor tiene derecho a facturar dichos contenedores/palets al comprador a precios razonables.
2.    Si se ha acordado el suministro de contenedores por parte del comprador, éstos deberán ser recibidos en el punto de entrega del vendedor a su debido tiempo y de forma gratuita. El vendedor no está obligado a comprobarlos, limpiarlos ni repararlos, no obstante, tiene derecho a hacerlo con costes a cuenta del comprador.
3.    El riesgo se transmitirá al comprador cuando las mercancías salgan de la fábrica del proveedor, incluso en el caso de entrega a portes pagados. En caso de retrasos en la expedición de los que sea responsable el comprador, el riesgo se transmitirá a éste tan pronto como se notifique la disponibilidad para el envío.

VI.    Reserva de propiedad
1.    Las entregas siguen siendo propiedad del vendedor hasta que se hayan resuelto todas las reclamaciones del vendedor frente al comprador, incluso si se ha pagado el precio de reclamaciones designadas especialmente. Para las facturas en curso, la propiedad reservada de las entregas (bienes reservados) se considerará una fianza para la factura de saldo del vendedor.
2.    Cualquier procesamiento o tratamiento por parte del comprador se realizará por cuenta del vendedor, con exclusión de la adquisición de la propiedad de conformidad con el artículo 950 del Código civil alemán (BGB), el vendedor se convertirá en copropietario del objeto así creado en proporción al valor neto de la factura de la mercancía procesada o tratada, que servirá como bien reservado para garantizar las reclamaciones del vendedor de conformidad con el párrafo 1.
3.    En caso de procesamiento (conexión/mezcla) por parte del comprador con otras mercancías que no pertenezcan al vendedor, se aplicarán las disposiciones de los artículos 947, 948 del Código civil alemán (BGB), con la consecuencia de que el porcentaje de copropiedad del vendedor en el nuevo objeto se considerará ahora como bien reservado en el sentido de esta condición.
4.    El comprador está autorizado a utilizar y explotar el bien reservado en el ámbito de las operaciones comerciales normales. Este debe estar adecuadamente asegurado contra los riesgos de responsabilidad civil durante la duración de la reserva de propiedad y en caso de daño o pérdida, con la condición de que los derechos del seguro sean debidos al vendedor. La prueba de la contratación de dicho seguro debe ser proporcionada por el comprador. Si el comprador no demuestra la contratación de dicho seguro a más tardar en el momento de la entrega, el vendedor tiene derecho a asegurar él mismo los bienes reservados con costes a cargo del comprador.
5.    Durante la vigencia de la reserva de propiedad, el comprador está obligado a mantener en buen estado los bienes reservados a su cargo, a eliminar de forma inmediata y permanente todos los daños que se produzcan y a abstenerse de todo uso que pueda dar lugar a un desgaste excesivo o a daños inusuales en los bienes reservados.
6.    Por regla general, se prohíbe al comprador revender los bienes reservados en el curso ordinario del negocio.
7.    Si el valor de las fianzas existentes para el vendedor excede el total de sus demandas en más de un 20%, el vendedor está obligado a liberar las fianzas de su elección a petición del comprador.
8.    El vendedor debe ser notificado inmediatamente de cualquier embargo o confiscación de los bienes reservados por parte de terceros. Los gastos de intervención que se deriven de ello correrán en todo caso a cargo del comprador, a menos que sean sufragados por terceros.
9.    En caso de demora de pago por parte del comprador, tras establecer un período de gracia de 7 días, el vendedor tendrá derecho a revocar con efecto inmediato la autorización para la utilización, procesamiento, combinación o mezcla de conformidad con los párrafos 2 a 5. En este caso, el comprador está obligado, a solicitud del vendedor, a devolver inmediatamente los bienes reservados.
10.    Si el vendedor, de acuerdo a las disposiciones anteriores, hace uso de su reserva de propiedad mediante la retirada de los bienes reservados, tendrá derecho a vender de forma directa dichos bienes reservados o a encargar la subasta de los mismos. La retirada de los bienes reservados se efectuará en la medida del producto de la venta, no obstante, como máximo a los precios de entrega acordados. Queda reservado el derecho a otras reclamaciones por daños y perjuicios, en particular por el lucro cesante. La retirada de los bienes reservados solo constituirá una rescisión del contrato si el vendedor lo declara expresamente por escrito. Cualquier reclamación del vendedor (como la indemnización por daños y perjuicios debido al lucro cesante) se compensará en primer lugar con los pagos ya efectuados por el comprador

VII.    Garantía
1.    Los acuerdos sobre la naturaleza del objeto suministrado deben realizarse por escrito en la confirmación del pedido. La referencia a las normas técnicas sirve como descripción de los servicios. La información contenida en las descripciones de los productos, folletos y hojas de datos técnicos, incluidas las instrucciones de montaje, no es vinculante.
2.    Si el vendedor ha realizado acuerdos con el comprador fuera de su prestación contractual, solo será responsable de la funcionalidad e idoneidad del objeto suministrado si esto se ha confirmado expresamente por escrito. El estado de la técnica en el momento de la aceptación del pedido es decisivo. Para cualquier caso de responsabilidad del vendedor por daños y perjuicios se aplicará VIII.
3.    El comprador debe comprobar si las mercancías entregadas son de la naturaleza acordada contractualmente y adecuados para el fin previsto. Las entregas deben revisarse siempre en presencia del responsable de la entrega para comprobar que estén completas y que no estén dañadas. El encargado de la entrega debe hacer constancia de forma clara e inmediata de las posibles cantidades faltantes/daños en los documentos adjuntos a la entrega.
4.    La notificación de los defectos debe hacerse por escrito al vendedor inmediatamente después de la recepción de la entrega; en caso de defectos ocultos inmediatamente después de su detección.
5.    Las reclamaciones por defectos están sujetas a un período de limitación de 12 meses a partir de la aceptación; a más tardar a partir de la transferencia del riesgo. El vendedor no será responsable si y en la medida en que el comprador pueda invocar la prescripción de las reclamaciones por defectos contra su cliente. Para las piezas instaladas en el curso de la rectificación de defectos, las reclamaciones por defectos prescribirán con la prescripción de las reclamaciones por defectos del objeto de compra, como mínimo un año después de la instalación. El vendedor no ofrece ninguna garantía por defectos en los artículos usados.
6.    En caso de notificación justificada de un defecto, el vendedor está obligado a la rectificación del defecto o la sustitución sin cargo, a su elección. Si no cumple estas obligaciones en un plazo de gracia razonable, el comprador tiene derecho a reducir el precio de compra o a rescindir el contrato una vez transcurrido un plazo de gracia razonable sin resultado. Las piezas sustituidas deben devolverse al vendedor a porte pagado si así lo solicita.
7.    El vendedor se hará cargo de los gastos de rectificación de defectos o instalación de las piezas de repuesto en la fábrica del vendedor o en un taller de servicio autorizado del vendedor. El comprador debe transportar o enviar la mercancía objeto de la reclamación al taller responsable, a su cargo, inmediatamente después de la notificación del taller responsable. Si la reclamación de defectos resulta justificada, el vendedor reembolsará los gastos del transporte más barato de la mercancía objeto de la reclamación. Los gastos de rectificación de defectos o de instalación de piezas de repuesto en el lugar de instalación del objeto de compra solo correrán a cargo del vendedor en caso de que se llegue a un acuerdo por separado al respecto. Los gastos que se deriven del hecho de que el objeto de compra haya sido llevado por el comprador a un lugar distinto del lugar de entrega original correrán en todo caso a cargo del comprador, al igual que los gastos de sustitución de los consumibles o materiales de desgaste como lubricantes, aceite hidráulico, filtros o similares que sean necesarios en el curso del cumplimiento posterior.
Los gastos del comprador relacionados con las máquinas de sustitución o los gastos por parada del objeto de compra durante la duración del cumplimiento posterior solo correrán a cargo del vendedor si y en la medida en que haya causado dichos gastos de forma intencionada o por negligencia grave.
En ningun caso habrá responsabilidad para daños resultantes, mero perjuicios patrimoniales y beneficios perdidos.
8.    Las reclamaciones por defectos no serán procedentes si el defecto es causado por

  • sobrecarga o tratamiento inadecuado del objeto de compra.
  • Desgaste natural o labores de ajuste.
  • Incumplimiento de las disposiciones relativas al tratamiento, el mantenimiento y el cuidado del objeto de compra (p. ej., conforme al manual de instrucciones o el plan de mantenimiento) o incumplimiento de la realización del servicio técnico de forma profesional y oportuna.
  • Realización de modificaciones o reparaciones por parte del comprador sin el consentimiento previo del vendedor, en particular, la instalación de piezas.
  • Realización de labores de servicio técnico, mantenimiento o cuidado por parte de una empresa no autorizada por el vendedor.

En todos estos casos, queda anulada la garantía de toda la máquina/equipo.
9.    Solo para evitar daños desproporcionados, el comprador tiene derecho a rectificar el defecto por sí mismo, previa notificación al vendedor, y a exigir el reembolso de los gastos razonables en que haya incurrido.
10.    La venta de máquinas y accesorios usados tiene lugar bajo la exclusión de cualquier derecho de garantía. Dicha exclusión no se aplica a las reclamaciones por daños y perjuicios derivados del incumplimiento de obligaciones por negligencia grave o intencional por parte del vendedor o por cualquier daño contra la vida, la integridad física o la salud.

VIII.    Limitación general de responsabilidad
En todos los casos en que el vendedor esté obligado a pagar una indemnización por daños y perjuicios que se desvíe de las condiciones anteriores sobre la base de fundamentos de reclamación contractuales o jurídicos (es decir, también por acción no permitida), el vendedor solo será responsable si él, sus representantes legales o sus agentes indirectos pueden ser acusados de dolo o negligencia grave. Esta limitación de responsabilidad no se aplicará a los daños resultantes de lesiones a la vida, la integridad o la salud que se basen en un incumplimiento negligente del deber por parte del comprador o en un incumplimiento intencional o negligente del deber por parte de un representante legal o un agente indirecto del vendedor.

IX.    Lugar de prestación y competencia judicial
1.    El lugar de prestación de todas las obligaciones mutuas de las partes es Scheßlitz, Alemania.
2.    El lugar de competencia judicial es Bamberg, también para acciones legales en procedimientos de certificados, cheques o letras de cambio. Sin embargo, el vendedor también tiene derecho a presentar una demanda en el lugar de emplazamiento del comprador.
3.    El idioma del contrato es el alemán.
4.    Se aplicará la ley de la República Federal de Alemania. Queda excluida la aplicación del derecho de compra unitario de la ONU.